Se estanca la Directiva de la UE que busca mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas digitales

El Consejo de la UE no ha logrado aprobar la nueva directiva que supondría mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas digitales.

USO denuncia el retraso de esta directiva que otorga derechos a más de 28 millones de trabajadores y pretende acabar con los falsos autónomos.

Una minoría de países alineados con el lobby de las plataformas

El Consejo de la UE no ha logrado aprobar el resultado de las negociaciones a tres bandas sobre la directiva sobre el trabajo en plataformas. La Presidencia española no ha podido sacarla adelante y recaerá en la Presidencia belga, que ha arrancado el 1 de enero de 2024.

A pesar de que el 13 de diciembre se había logrado un acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo, en la última reunión entre representantes de los Estados miembros se produjo un bloqueo por parte de una minoría de estos.
USO ya denunció la existencia de agresivas tácticas de lobby por parte de estas empresas para lograr bloquear el reconocimiento de los derechos de sus trabajadores.

Trabajadores de plataformas digitales, trabajadores sin derechos

Actualmente existen más de 28 millones de trabajadores en la UE empleados a través de una o varias de estas plataformas digitales y se prevé que en 2025 esa cifra alcance los 43 millones. Dentro de las actividades que desarrollan estos trabajadores se encuentran trabajos tan variados como repartidor, traductor, cuidador de niños o mayores o conductor de taxis.

La mayoría de estos trabajadores de plataforma lo son por cuenta propia, a pesar de tener que respetar muchas de las normas y restricciones que tienen los trabajadores por cuenta ajena. Esto significa que se encuentran en una relación laboral y deberían disfrutar de los derechos laborales y la protección social de los trabajadores por cuenta ajena, como las prestaciones por enfermedad o desempleo.

Las nuevas normas de la UE sobre el trabajo de plataformas abordarían la clasificación errónea de estos trabajadores, garantizando un acceso más sencillo a sus derechos como empleados en virtud del Derecho de la UE.

La propuesta de directiva contempla dos aspectos fundamentales:

  • La presunción jurídica de que los trabajadores son empleados de una plataforma digital (y no trabajadores por cuenta propia) si su relación con la plataforma cumple al menos dos de los cinco indicadores establecidos en la Directiva. Entre ellos están aspectos como los límites máximos de la cantidad de dinero que pueden recibir los trabajadores, la supervisión de la ejecución de su trabajo o el control de la distribución o asignación de tareas.
  • Por otro lado, los trabajadores tendrán que ser informados sobre el uso de algoritmos para la supervisión y la toma de decisiones. Las plataformas digitales tampoco podrán tratar con determinados tipos de datos personales como el estado emocional o psicológico de los trabajadores de plataformas, con datos utilizados para inferir el origen racial o étnico, la situación migratoria, las opiniones políticas, las creencias religiosas o el estado de salud de los trabajadores, o con datos para predecir la actividad sindical real o potencial.